Miércoles, Febrero 22, 2012
   
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Organización y erección de la Diócesis de Santa Rosa

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Organización y erección de la Diócesis de Santa Rosa
Nuevo obispo
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Promotor insigne de la creación de esta Diócesis fue el señor MAXIMILIANO CRESPO RIVERA, quien estaba como Obispo de Antioquia desde 1911 (preconizado en octubre del 10), pero que nunca se sintió cómodo en la vieja Capital del Tonusco, tal vez por el clima, aunque era de Buga (Valle), tierra de hartos ardores. Se llevó el Seminario Menor a San Pedro y luego se fue él mismo a residenciarse a Santa Rosa. Decía que el clima de la ciudad de Antioquia no era bueno para la salud y perjudicial para los estudios.
Después de una visita pastoral en los inicios de febrero de 1916, en los pueblos de San Pedro y Entrerríos, salió el 24 de agosto para Bogotá a gestionar ante la Delegación Apostólica la creación de la Diócesis de Santa Rosa. Llegó a Bogotá el 29 y permaneció allí hasta el 6 de octubre, día en que salió de regreso a Santa Rosa, a donde llegó el 14.
Con su residencia en Santa Rosa, fue realizando diversas actividades como las visitas pastorales hasta el 5 DE FEBRERO DE 1917, en que por la BULA "QUOD CATHOLICAE" fue creada la Diócesis de Santa Rosa; transcurrió la semana Santa y unos meses más tarde, el 15 de JUNIO DE 1917, se promulgó el Decreto Pontificio que creaba la Diócesis y la consagró al Corazón de Jesús. Y como era su deseo, el Señor Crespo quedó como primer obispo de la nueva Diócesis.
Gobernó hasta el 9 de abril de 1924, siendo sus principales obras: la puesta en marcha de la Jurisdicción y particularmente del seminario; el Sínodo diocesano que reunió en septiembre del año 17, a menos de tres meses de establecerse la sede.

ORGANIZACIÓN
El señor Crespo inmediatamente procedió a la organización económica y administrativa de un nuevo encargo mediante provisión de los siguientes puestos:

Padre Gabriel Velásquez, Secretario de la Curia Episcopal y Notario Eclesiástico.

P. Rafael Yepes, Provisor y Vicario General de la Diócesis.

P. Rafael Yepes, Gabriel Velázquez y José tressel, Rector del seminario, consultores del señor Obispo.

P. Rafael Yepes, Tesorero general.

Pbros. Lázaro María Hernández y Andrés E. Mejía, Promotor fiscal y Defensor de matrimonios, respectivamente.

La Junta de Vigilancia quedó compuesta por:
El señor Vicario General, el Señor Rector del seminario y el Padre Andrés E. Mejía.
La Junta de Censores de Libros y Periódicos, fue compuesta por:
Los Pbros. Juan de la Cruz Lopera, Lázaro María Hernández y Ambrosio Hays.
La Junta de Régimen temporal, fue integrada por:
El Señor Vicario General, el Padre Hays y el P. Félix Salazar.
Los examinadores sinodales: los Presbíteros José tressel, Ambrosio Hays, Rafael Yepes y Juan de la Cruz Lopera. El Tribunal de Cuentas quedó así: Vicario general, notario eclesiástico y el P. Félix Salazar.
Y la Junta Superior de diezmos, por los Presbíteros Andrés Mejía y Gabriel Velásquez
Después del Señor Crespo organizar la Diócesis, la tarea subsiguiente que se impuso el Obispo fue promover el Sínodo diocesano, que no se reunía desde 1871 y siendo el primero para la nueva Diócesis. Fue convocado por decreto del 9 de Julio, para el 14 de septiembre; en este decreto demuestra su sentido práctico; por ejemplo en el artículo 3° establece que "los sacerdotes nombrados o convocados deben traer escritas las observaciones que su experiencia les dicte y deben presentarse al Sínodo para su discusión"...
El Sínodo se reunió en la fecha convenida y estructuró él las ordenaciones legislativas que aún rigen en la Diócesis de Santa Rosa de Osos.

Siervo de los Siervos de Dios para perpetua Memoria.

Si el bien de la religión católica nos pidió hace dos años la división de la extensísima diócesis de Antioquia para formar la diócesis de Jericó, ese mismo bien nos pide ahora la modificación de la división ya hecha. Por numerosas y justas causas el internuncio apostólico ante aquella República ha pedido que en la parte septentrional y oriental de la diócesis de Antioquia, en la cual se halla situada la población de Santa Rosa de Osos, sea creada una nueva diócesis y que la restante parte de la diócesis antioqueña quede unida, en igualdad de condiciones a la de Jericó.
Habiéndonos parecido conveniente esto para el bien de las almas y para la recta administración del régimen episcopal, tras consulta de nuestros venerables hermanos Cardenales de la santa Iglesia Romana de la Sagrada Congregación Consistorial y de la Sagrada congregación de asuntos extraordinarios de los obispos, con el visto bueno del venerable Hermano, el Obispo de Antioquia, y suplido también el consentimiento, en cuanto fuere necesario de aquellos a quienes interese o parezca interesar, con la plenitud de la potestad apostólica, haciendo uso de la facultad expresamente a Nos reservada, al igual que a la Sede Apostólica, en la última provisión de la misma diócesis de Antioquia, a saber: de crear una nueva circunscripción eclesiástica, cuando fuere oportuno hacerlo, dividimos y separamos la parte oriental y septentrional de la diócesis de Antioquia, donde está la ciudad de Santa Rosa de Osos, y con ella erigimos perpetuamente una nueva y distinta diócesis, de acuerdo con lo siguiente: En primer lugar, la nueva diócesis de Santa Rosa de Osos tendrá los mismos límites con que estaba circunscrita esa parte oriental y septentrional, ahora separada de la diócesis de Antioquia, pero de tal manera que la nueva diócesis, en su parte occidental, se separa de la de Antioquia por el curso del Río Cauca y por los límites de los municipios de Peque, Ituango y Santa Rita, que pertenecerán a la Nueva diócesis, que abrazará las siguientes parroquias: Santa Rosa de Osos, Cáceres, Zaragoza, Zea, Segovia, Remedios, Anorí, Valdivia, Santa Rita, Briceño, Ituango, Peque, Toldas, Yarumal, Campamento, San Andrés, Amalfi, Angostura, Sabanalarga, Guadalupe, Carolina, Liborina, Carmen, Belmira, Gómez Plata, Yalí, San Pablo, Entrerrios, Sacaojal, Sucre, Córdoba, Sopetrán, San Nicolás, San Jerónimo, San Pedro, Donmatías, Ebéjico y San Sebastián. A la diócesis de Santa Rosa, señalada por estos límites, le asignamos sede y cátedra episcopal en la misma ciudad de Santa Rosa de Osos y por lo mismo le elevamos al rango de ciudad episcopal, con todos los derechos de que gozan por derecho común las otras ciudades episcopales. La Iglesia parroquial allí existente y dedicada a Santa Rosa de Lima, con el mismo título y advocación y conservando su carácter de parroquial, con la cura de almas, como antes se ha ejercido, la constituimos y elevamos a la categoría y dignidad de Catedral y, al mismo tiempo, tanto a ella como a los Obispos que se sucedan les otorgamos los honores, previlegios y derechos de que gozan por derecho común o por legítima costumbre las demás Iglesias Catedrales y sus Obispos.


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